Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II

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Conozca todas las consecuencias legales que aplican a los accidentes de transito en moto. Sepa que hacer si atropella a un peaton o lesiona a su acompañante.

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Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto I

Antiguo 21-may-2009, 09:52
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SEGUNDA PARTE DE “CONSECUENCIAS ECONOMICAS JURIDICAS Y PENALES DE LOS ACCIDENTES EN MOTO.

Hola compañeros:

Aquí va la segunda parte, de la cual me permito anticipar algunas conclusiones:

1) En caso de que Usted decida montar en su moto a un desconocido (a) es un potencial marrano con casco. (Ver tabla de indemnizaciones). Lo anterior, en el entendido de que como se dijo en la entrega pasada, no solo somos responsables de la seguridad de los peatones sino de nuestros acompañantes y, por supuesto, la nuestra.

2) Me da pena con mi amigo TUXTO pero no es un buen negocio montar niñas desconocidas en la moto. Siempre deben tener en cuenta que, en caso de un accidente, dios no lo quiera, el malo siempre será Usted y la experiencia me dice que siempre el acompañante lesionado tendrá un tío, primo, hermano sobrino o padre que es abogado o estudia derecho y que está dispuesto a dejarlo en calzoncillos.

3.- En un accidente de tránsito en moto, bien sea que se lesione un acompañante, o un peatón, eventualmente el conductor podrá perder su libertad personal, eventualmente podrá perder una parte importante de su patrimonio, pero casi con seguridad, en caso de ser denunciado, perderá la moto.

MUCHACHOS: EL SEGURO CONTRA TODO RIESGO ES MUY IMPORTANTE Y LES EVITARA, EN CASO DE ACCIDENTE, PAGAR LOS COSTOSOS HONORARIOS QUE COBRA EL SUSCRITO.

LO DIGO SIN DRAMATISMO: QUIERO QUE TODOS SEAMOS MOTEROS Y NO MARRANOS CON CASCOS Y MOTOS GRANDES Y FINAS (Que para los abogados son los mejores marranos por supuesto).

Pero bueno, dejemos a un lado mis anticipadas conclusiones personales y entremos en materia: al fin y al cabo, de eso se trata este foro:

El artículo 114 del Código Penal Colombiano, en adelante C. P. a la letra dice: “Perturbación funcional. Si el daño consistiere en perturbación de un órgano o miembro, la pena será de prisión de dos (2) a siete (7) Años y multa de quince (15) a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes”

Deben tener en cuenta que estamos hablando de una suma que oscila entre $ 7.455.000 y 12.425.000. Y Aquí les traigo, nuevamente, malas noticias: un diente, una oreja, un ojo, o un dedo son para la medicina legal para la jurisprudencia y para la doctrina colombianas un órgano.

Quiero, así mismo, hacer claridad de que un miembro no es lo que ustedes estarán pensando, sino una extremidad, bien sea inferior o superior. De lo contrario, pensaría que la multa tendría que ser considerablemente más elevada o sin límite de cuantía como diríamos los tinterillos.

Por su parte, el segundo inciso de la obra en comento, nuestro Código Penal, a la letra dice:

“Si fuere permanente, la pena será de tres (3) a ocho (8) años de prisión y multa de veintiséis a treinta y seis salarios mínimos legales mensuales vigentes”

Lo anterior quiere decir que estamos hablando de una suma de entre $ 12.922.000 y 17.892.000. Yo me pregunto si alguno de ustedes estaría dispuesto a pagar al tío , el hermano, el primo, o el sobrino de su acompañante una suma de este calibre por la pérdida accidental de un diente.
Nuestro compañero motero, LUIS EDUARDO PINTO (el ciego, amigo inseparable de los dos chiflados), quien me alcanza los traguitos para poder inspirarme en prosa, les podrá explicar cuán fácil es amputarse un dedo o perder el órgano de la visión.
Si bien el artículo 117 que se analizará en la “TERCERA ENTREGA DE CONSECUENCIAS ECONOMICAS JURIDICAS Y PENALES DE LOS ACCIDENTES EN MOTO” dice que, en caso de accidente, que cause varias de las consecuencias a que se ha hecho referencia, las penas no se sumarán sino que se aplicará la mayor, no dice lo mismo con las multas razón por la cual las multas si deben considerarse como acumulables. ¡A “Boliar” calculadora muchachos! un accidente moto, les puede llegar a costar aproximadamente $70.000.000 sin tener en cuenta todavía el lucro cesante y el daño emergente del cual hablaré más adelante.

Conclusión 1: En caso de un accidente, dios no lo quiera, y que el acompañante los denuncie, pueden llegar a perder sino la totalidad, buena parte de su patrimonio y, con seguridad, la moto.

Conclusión 2: Solo debemos subir a nuestras motos a personas de confianza, que sepamos positivamente que asumen las consecuencias de montarse en nuestra motos y que, en caso de accidente, no nos denunciarán jamás.

Conclusión 3: Los seguros contra todo riesgo no solo sirven sino que son necesarios

Hasta la próxima entrega muchachos. Mucho cuidado ésta noche.


Lea las otras partes de este Articulo
1. Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto I

Antiguo 21-may-2009, 10:09
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bandido4000 -> Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


fabricio lo felicito...MUY BUENA EXPLICACION .....yo por eso no llevo A NADIE.....con quien no tenga..o quiera tener algo.....jajajja...porque despues lo ponen a uno a llorar....
y caundo invita a tomar..un w.ky

Antiguo 21-may-2009, 13:10
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yeigmy -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto I


Dr. Fabricio Camargo Giraldo:
Después de felicitarte y agradecerte por tan benéfico aporte a la comunidad, te quiero decir::mad: ¡¡¡¿Dónde diablos estabas?!!! Éste foro es IMPORTANTISIMO y para tener en cuenta, ya que, muchos de nosotros (me atrevo a decirlo) sólo sabemos en nuestro corto conocimiento, que las motos son sólo, (valga la redundancia) para echar pa´lante! Y NO sabemos lo que hay detrás de cámaras .
De verdad seguí con el tema que como vas, nos sirve mucho. De nuevo gracias.
¿Te Tomás otro?
"Así como vamos, vamos bien" dijo el borracho cuando lo llevaban cargado.

Antiguo 21-may-2009, 17:15
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FABRICIO -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


Al señor guerra 500 agradezco que me consulte su problema y, al respecto, le manifiesto:

Si el taller que le hizo el arreglo a su moto, lo hizo mal, tiene derecho a exigir la garantía del mismo. La Superintendencia de Industria y Comercio ubicada en el Residencias Tequendama, Centro Internacional de esta ciudad de Bogotá D.C. en sus diversas circulares internas ha dicho que todo aquel que preste un servicio como el que en este momento nos ocupa, debe responder por la garantía del mismo.

Le recomiendo que acuda a ellos y les manifieste su caso. Ellos estudiarán el tema y, si la empresa está legalmente constituída, la obligarán a otorgar la garantía sobre el trabajo realizado o, en su defecto, le impondrán una cuantiosa multa. Estoy absolutamente seguro que para cualqier empresa que preste ésta clase de servicios es menos costoso pagarle a Usted un arreglo en suzuki, si es del caso, que hacerse acreedores a las multas que impone la superintendencia como resultado de un breve y sumario proceso administrativo.

Reciba Usted un cordial saludo,



FABRICIO

Si desea comunicase conmigo para la orientación del caso le manifiesto que mi celular es 3118555710 y el PBX de mi oficina es 6948834

Antiguo 21-may-2009, 17:56
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tato -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


Debido a mis compromisos laborales me encuentro un poco alejado de la comunidad.

Pero este trabajo es digno de aplausos.

Mil gracias,

Johnattan “Tato”

Antiguo 21-may-2009, 18:12
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WILKINSON -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


Uyy tato, perdido no, cuando te dejas ver amigo mio?

Y si, muy bueno el trabajo de Fabricio, nos hacia falta una voz experta en estos campos.

Saludos,

Antiguo 11-oct-2009, 10:50
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david311536 -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


super esta informacion les apuesto que mas de uno que tiene moto ni sabe que consecuencias trae muy bien por ese dato y gracias por la info .

Antiguo 28-dic-2009, 17:11
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VAGOSEN -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


Excelente comentario, definitivamente a nadie notaré en mi moto, aunque soy muy cuidadoso no estamos exentos de alguna loca en dos o cuatro ruedas, de igual forma me gustaría saber cuál es el procedimiento cuando solo es cuestión de latas y pintura, legalmente que cosas debemos atender.




Saludos,

Antiguo 28-feb-2010, 23:05
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hengut -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


muy bueno ..muy bueno espero que se anime adejar mas sobre este tema....por he tomado la desicion de nollevar ni compañero de trabajo ni amiguitas..

Antiguo 01-mar-2010, 10:00
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PIPE_GP1 -> Respuesta: Consecuencias Economicas, Juridicas y Penales de los accidentes en moto II


EXCELENTE APORTE MEJOR EXPLICADO NO PUEDE SER, estos son los partes que edifican nuestro club, nos llama a la cordura y la prudencia, pero por sobre todo a explicar que un accidente en moto, no es solo la caido, sino los efectos juridicos que empiezan a generarse desde el momento que hay terceros intervinientes.

Muy bueno el aporte!!!

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