Señores el decreto 035 de 2009 establece que:
"D E C R E T A:
Artículo 1°. Restricción al tránsito en motocicletas, mototriciclos,
cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros. Restringir en el Distrito
Capital el tránsito de motocicletas, mototriciclos,
cuatrimotos, motociclos,
ciclomotores y motocarros con acompañantes menores de diez (10) años y/o
mujeres en estado de embarazo.
Artículo 2°. Restricción al tránsito de motocicletas, mototriciclos,
cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros en las calzadas
centrales. Restringir el uso de las calzadas centrales de las vías que posean más
de una calzada por sentido, para las motocicletas, mototriciclos,
cuatrimotos,
motociclos, ciclomotores y motocarros con acompañante."
ojo con ese segundo articulo, pues hoy me gane un parte en la autonorte con 116 norte sur, por ese pequeño incidente.
anexo el enlace
http://www.transitobogota.gov.co/adm...9_17_46_29.pdf