Iniciado por salamandro
Dice un pedacito:
(Considerando) Que la circulación de motocicletas, mototriciclos,
cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros por las calzadas centrales entraña un mayor riesgo de accidentalidad para los usuarios cuando se transita con acompañante, por cuanto se dificulta la capacidad de maniobra, se incrementa la distancia de frenado, y los demás vehículos se desplazan a una velocidad superior a la de las calzadas laterales.
--> e.g. en la 30, las calzadas centrales son las dos del centro. Entonces por donde paso??
Hermano, la regla dice que no se puede circular con acompañante en carriles y calzadas centrales de la vía, es decir, en la 68, no se puede circular en toda la calzada izquierda de cada sentido, toca por los dos carriles de la derecha, y en la 30, no se puede por el carril izquierdo de cada sentido, que corresponden a los dos carriles centrales de la vía (la 30 es una vía con dos sentidos)