La Secretarías de Medio Ambiente y Movilidad de Bogotá emitieron el documento en el que se reglamenta la circulación de motocicletas con motor de ciclo dos tiempos en la capital del país.
La Resolución 2394 del 25 de abril de 2011, establece el sistema de control para el tránsito de motocicletas con este tipo de tecnología y la salida definitiva de circulación de la siguiente forma.
Artículo 4º: Restricciones. Se restringe la circulación de las motocicletas,
cuatrimotos, mototriciclos, motociclos, ciclomotores, y motocarros propulsados por motor de tecnología de ciclo dos (2) tiempos de lunes a sábado entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m. y entre las 5:00 p.m. y las 8:00 p.m. en el Distrito Capital.
En cuanto a la salida definitiva de circulación se estableció en el artículo 5º que será gradualmente según el modelo. Por lo tanto, las motos dos tiempos que sean modelo 2001 y anteriores no podrán transitar por Bogotá desde el 1º de septiembre de 2011. Las que son modelo superior a 2001 e igual a 2005 saldrán de circulación el 1º de enero del 2012. La salida definitiva de circulación de vehículos dos tiempos será el 1º de julio de 2012.
De las medidas contempladas, se exceptúan las
cuatrimotos, mototriciclos, motociclos, ciclomotores y motocarros que hayan sido adaptados para su uso por personas discapacitadas, únicamente cuando se utilicen como medio de transporte de éstas; también las que se encuentren registradas dentro de la categoría de vehículos antiguos y clásicos y las bicicletas cuyos motores no excedan los 50cc.
Las secretarías mencionadas adelantarán la socialización y pedagogía de las disposiciones de la resolución por medios de comunicación masivos durante los primeros 60 días.
En cuanto a las sanciones, durante los primeros 30 días de vigencia, se amonestará a los conductores infractores; pasado ese lapso de tiempo y vencidos los plazos, la sanción será con multa e inmovilización del vehículo.
Ahora, y aparte del tema noticioso, salta a primer plano el interrogante sobre qué va a pasar con las personas que por alguna razón todavía utilizan las motos de dos tiempos como vehículo de trabajo o de transporte familiar. ¿Acaso el Distrito va a dar un reconocimiento económico por salir de la moto? ¿Van a pagar chatarrización? ¿Qué alternativa hay para esos usuarios de motos?.
Motos 4 tiempos no saldrán de circulación en Bogotá
Gran confusión se creó entre los usuarios de motocicletas cuando el noticiero RCN, en su emisión de las 10:30 pm del martes 26 de abril se publicó una noticia asegurando que todas las motos, incluidas las 4T, con más de 10 años de antigüedad deberían salir de circulación en Bogotá antes de finalizar el año. La afirmación del medio se hizo basada en el Plan Decenal de Descontaminación de Bogotá, realizado por la Secretaría de medio Ambiente, la Universidad de los Andes y Transmilenio.
Revisando el documento, en cuanto a los medios móviles de emisión de gases contaminantes y en el apartado de las motocicletas, explica que se deben implementar sistemas de control de emisiones en todas las motos categoría M2 (M2: motor cuatro tiempos con cilindraje igual o inferior a 250 cc); en ningún aparte del documento se refiere a que estos vehículos deban salir de circulación y mucho menos por modelo.
De todas formas y ante la duda sembrada por el importante medio de comunicación, nos comunicamos con la Subdirección de Calidad del Aire, Auditiva y Visual de la Secretaría Distrital de Medio Ambiente para consultar si era cierto lo publicado con anterioridad. La respuesta a nuestra inquietud fue que el Plan Decenal de Descontaminación no tiene estipulado sacar de circulación las motos cuatro tiempos por modelo, pero sí deben cumplir una serie de requisitos e implementar sistemas de control de emisiones, de los cuales 4 opciones son las más indicadas.
1. Instalar catalizadores oxidativos (OC) en todas las motos 4T en Bogotá.
2. Instalar catalizadores oxidativos (OC) y un sistema de inyección secundario SAI en todas las motos 4T en Bogotá.
3. Instalar catalizadores (TW) en todas las motos 4T en Bogotá.
4. Instalar catalizadores (TW) y un sistema de inyección secundario SAI en todas las motos 4T en Bogotá.
En los cuatro casos, todas las motos que se registren a partir del año de implementación de la medida deben contar con un sistema de control de emisión que asegure reducciones en los factores de emisión comparables a los de los mencionados sistemas.
Sobre el tiempo en el que se debe comenzar a implementar los sistemas de control de emisiones, en la página 202, dice lo siguiente: “Tiempo de Implementación: Para los cuatro modos de la medida se propone un tiempo de implementación de 5 años en lo que refiere a la instalación de los nuevos equipamientos. Una vez cumplido este término, se habrá logrado un cubrimiento total de la flota y la medida seguirá siendo aplicada en el futuro en lo que respecta a vehículos que entran a ser parte la flota que ya deberán contar con tecnologías equivalentes.”
Aún no existe una fecha en la que se comenzará a aplicar el Plan Nacional de Descontaminación para Bogotá, pero tan pronto como sea adoptado como decreto, los usuarios de motos con cilindraje igual o inferior a 250 cc deberán adaptar los sistemas de control sugeridos.
ARTICULO PUBLICADO EN PIBLIMOTOS.