Revision Tecnomecanica - Revision TecnicoMecanica Programa de Revisiones - Conozca cuando le toca a Usted!
Por medio de la resolución 0015 del 5 de enero de 2007, el Ministerio de Transporte definió la programación de los vehículos –diferentes a los de servicio público- que deben hacer la revisión técnica y de gases.
La revisión técnico mecánica es un procedimiento de control legal, que deben cumplir todos las motos que circulan por las vías nacionales.
Para el caso de las motos debe hacerse cada dos años, comenzando en enero de 2007.
Debo cumplir con esta obligación legal de la revision tecnomecanica?
Si, si la fecha de la matricula de su moto ya ha cumplido dos años. Puede ver la fecha del registro de su moto en la tarjeta de propiedad (si es el primer dueño) donde dice: Fecha de Expedicion ó en el formulario unico nacional del registro de su moto.
En el caso de la revisión técnica y de gases de las motocicletas, los plazos dependen del primer digito de la placa, así:
Si su primer digito de Placa termina en 0 (cero) debe realizarla entre el mes de enero a Marzo de 2008.
Si su primer digito de Placa termina en 1 debe realizarla entre el mes de Abril a Mayo de 2008.
Si su primer digito de Placa termina en 2 debe realizarla entre el mes de Junio a Agosto de 2008.
Si su primer digito de Placa termina en 3 debe realizarla entre el mes de Septiembre a Octubre de 2008.
Si su primer digito de Placa termina en 4 debe realizarla entre el mes de Noviembre a Diciembre de 2008.
Si su primer digito de Placa termina en 5 debe realizarla entre el mes de Enero a Marzo de 2009.
Si su primer digito de Placa termina en 6 debe realizarla entre el mes de Abril a Mayo de 2009.
Si su primer digito de Placa termina en 7 debe realizarla entre el mes de Junio a Agosto de 2009.
Si su primer digito de Placa termina en 8 debe realizarla entre el mes de Septiembre a Octubre de 2009.
Si su primer digito de Placa termina en 9 debe realizarla entre el mes de Noviembre a Diciembre de 2009
Fuente: Resolución 004606 del 31 de Octubre de 2007
Enlace:
Ministerio de Transporte - Resolución 004606 del 31 de Octubre de 2007
Obs: Por la cual se modifica parcialmente la Resolución
3500 del 21 de Noviembre de 2005, modificada por las Resoluciones 2200 del 30 de mayo de 2006, 5975 del 28 de diciembre de 2006, y 15 del 05 de enero de 2007 y 04062 del 28 de septiembre de 2007
Ejemplos:
Si su moto fue matriculada en Abril 20 de 2006, hoy (20 de Abril de 2008) ya ha cumplido dos años, por lo tanto debe cumplir con esta revision. Ahora bien, cuando debe hacerlo? eso depende del primer numero de la placa de su moto, si éste es por ejemplo 3, debe hacerlo entre septiembre y octubre de 2008.
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