"El trato de iguales, dentro de desiguales genera injusticia"
Buenos días!!
Ya han transcurrido 5 días dese que fue sancionada y promulgada por el presidente el nuevo mico de la ley 769 2002 donde hay una serie de para nuestras queridas motos, se llama por lo tanto a la cordura y buen comportamiento en la via publica porque ahora nos estan persiguiendo y hasta que no sea directamente atacado, nos la van aplicar.
Claramente hay una discriminacion hacia nosotros, es una ley reciente, esto se traduce en que inmovilizarian la moto pero hay una condicion para poder sacar la motocicleta de la grua, patios; 1) se debe cancelar el comparendo y 2) ademas que se extinga toda responsabilidad civil, en caso de accidente de transito frente a terceros.
Lo mas grave es la vulneracion de nuestra carta política 1991, en cuanto a la libre locomocion y peor aun de la igualdad que tenemos todos los autores de la vía, nosotros la motocicleta, automoviles particulares, tractocamiones, volcos, en fin, es una violacion directa a nuestra sistema juridico, en los siguientes puntos:
“ARTÍCULO 21. El artículo 131 de la Ley 769 de 2002, quedará así:
Artículo 131. Multas. Los infractores de las normas de tránsito serán sancionados con la imposición de multas, de acuerdo con el tipo de infracción así:
[…]
D. Será sancionado con multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
[…]
D.3 Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.4 No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.5 Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.6 Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
D.7 Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.”
Lo mas curioso es que no hay tratamiento para el servicio publico, no hay tratamiento para el servicio particular y todo gracias al HP (HONORABLE POLITICO, SI CLARO) al Senador Plinio Olano, quien frenteramente a expuesto todo su malestar e indignacion a hacia las motos, lo que se traduce en un enemigo directo hacia nuestro sector.
Por su parte la Dra. Gloria Stella Rojas del Movimiento Mira quien fue la generadora de la ley, que posterioemente fue modificada por el señor olano en los terminos de las sanciones para nosotros los motociclistas.
Por su parte el seandor Virguez tambien del movimiento MIRA, quienes nos defienden a capa y espada NO entendemos como no hacen un seguimiento exhasutivo a sus propuestas parlamentarias para la modificacion de la ley 769 del 2002 (cóidgo nacional de transito terrestre.) y se abra la brecha para un mico tan gigante como este.
Aca les dejo la entrevista realizada por ********** a 2 actores y quedamos pendientes para atacar de entrada esta nueva ley.
http://www.**********.com/publitv/vi...ilizacion.html
Pero no todas son las malas noticias ya que hay juridcamente 2 opciones para atacarla directamente, asi que manos a la obra de nuevo a unirnos para romper con las trancas que nos imponen la bancada parlamentaria ya extinta, el proximo 08 de agosto.